Cuando un prestatario fallece, sus obligaciones crediticias pueden ser canceladas o transferidas a otras personas. El mecanismo depende del tipo de préstamo y de la existencia de un seguro, informó Oxu.Az, citando a Xəzər TV.
Según el economista Akram Hasanov, si el fallecido no deja bienes ni herederos, la deuda no puede ser reclamada.
“En este sentido, los créditos hipotecarios difieren notablemente de otros tipos de préstamos”, subrayó el experto. Si la persona que contrató la hipoteca tenía seguro de vida, la deuda es cubierta por la compañía de seguros tras su fallecimiento.
“Solo en los préstamos a largo plazo, como las hipotecas, los bancos exigen un seguro obligatorio. En otros tipos de crédito, no es un requisito. Además, dado que el seguro supone un costo adicional, muchos ciudadanos optan por rechazar este servicio”, añadió Hasanov.


